Después del artículo que la revista VELAVERDE denominado "Dulce Sociedad", el congresista de la República tomó medidas necesarias y ahora te presentamos la nota de prensa en su defensa.
NOTA DE PRENSA
En
la edición N° 42, año 1, de fecha 16 de diciembre de 2013, la revista VELAVERDE
publica un artículo denominado “Dulce Sociedad”, páginas 6 al 9 que incluye la
carátula, con fotografías montadas para exponer una supuesta vinculación entre los
señores Oscar López Meneses, Hernán Garrido Lecca y el Congresista Wilder Ruiz
Loayza. Al respecto, el Despacho Congresal expresa:
1.
En
el mes de abril del año 2009, el Congresista Wilder Ruiz Loayza fue elegido en Junta
General de Accionistas de la Empresa Agraria Azucarera Andahuasi S.A.A., como
nuevo integrante del Directorio de la empresa en mención.
2.
Es
el caso que no existe ni existió vínculo alguno entre el Congresista Wilder
Ruiz Loayza con el señor Oscar López Meneses, y en cuanto al señor Hernán Garrido
Lecca, la relación fue la correspondiente a la función de directores de una
sociedad anónima, que deben tratar temas societarios en los directorios.
3.
El
titular de la página 6 alude a “…la
provechosa relación entre el denunciado congresista nacionalista Wilder Ruiz,
Oscar López Meneses y su íntimo amigo, el ex ministro aprista Hernán Garrido
Lecca...”, no señalando en forma clara ni objetiva cual fue el beneficio o
el sentido del provecho que da a entender.
4.
La
alusión respecto a una nueva pista que se sumaría al trabajo de la Comisión del
Congreso de la República que investigará el “Lópezgate”, simplemente no tiene
el más mínimo sustento, y hay que dejar en claro que dicha denominación es atribuida
por dicha revista, la denuncia no guarda relación con la realidad, siendo
consecuentemente una publicación de carácter engañosa y malintencionada que
llega al extremo de atentar contra el honor y reputación del Congresista Wilder
Ruiz Loayza, por cuanto se configura la comisión del Delito contra el Honor –
Difamación Agravada por Medio de Prensa en agravio del mencionado representante
nacional.
5.
De
igual manera, el artículo no demuestra en parte alguna, el sustento de la
“…provechosa relación…” y la “…íntima amistad…” con el ex ministro Hernán Garrido Garrido Lecca, lo cual denota la intencionalidad maliciosa que se pretender dar a conocer a la opinión pública, dañando tanto la imagen personal como Congresista de la República, así como al partido político al cual pertenezco, al tratar de vincularlo con las operaciones realizadas por el señor Oscar López Meneses que son materia de investigación.
“…provechosa relación…” y la “…íntima amistad…” con el ex ministro Hernán Garrido Garrido Lecca, lo cual denota la intencionalidad maliciosa que se pretender dar a conocer a la opinión pública, dañando tanto la imagen personal como Congresista de la República, así como al partido político al cual pertenezco, al tratar de vincularlo con las operaciones realizadas por el señor Oscar López Meneses que son materia de investigación.
6.
Respecto
a un recuadro publicado en la página 9 del citado artículo, titulado “Ruiz nos golpeó y robó nuestras tierras”,
efectuada por los esposos Heladia y Marcelo Chávez, de Huaura, fluye de la
misma denuncia periodística tendenciosa que existiría una solicitud de
garantías para sus vidas ante las autoridades correspondientes, y que han
presentado una denuncia ante el Ministerio Público; sin embargo no presentan
medio probatorio alguno, ni indican la sede en la cual se podría verificar la
autenticidad de las acciones legales supuestamente iniciadas, esto con el fin
de corroborar los hechos que se denuncian.
El
Congresista Wilder Ruiz Loayza, señala que en caso no se publique la aclaración
pertinente luego de efectuado el requerimiento notarial de rectificación, se
reserva el derecho de iniciar las acciones legales pertinentes ante el órgano
jurisdiccional, al amparo de lo establecido en el artículo 2°, inciso 7) de la
Constitución Política del Perú, así como el último párrafo del artículo 132°
del Código Penal vigente, solicitando tutela jurisdiccional en una acción pena
privada por la comisión del Delito Contra el Honor – Difamación Agravada por
Medio de Prensa.
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